Faxkampagne für Gabriel Pomba da Silva

Nach dem gescheiterten Versuch, den von der Staatsanwaltschaft in   Perugia (Italien) gegen Gabriel Pombo verhängten europäischen  Haftbefehl vollstrecken zu lassen, aufgrund dessen er ins Gefängnis
von Valdemoro verlegt wurde, zur jederzeitigen Verfügung der  Audiencia Nacional, haben sie den Genossen nun in die Anstalt   Villena (Alicante) verbracht. Weiter entfernt von Pontevedra, seiner     Heimat, ging es wohl nicht. Die Entfernung von 985 km von  Pontevedra, wo er sich im Interesse einer vollständigen  „Resozialisierung“ laut der gültigen Gesetze eigentlich befinden sollte, bedeutet eine zehnstündige Reise für jeden Familienbesuch.
Wir sind sicher, dass dieser Angriff auf seine Person, seine Moral einem Verwaltungsfehler geschuldet ist. Es ist vielmehr eine erneute Strafe, zusätzlich zum Freiheitsentzug. Wir werden uns von dieser Schikane nicht kleinkriegen lassen, sondern schlagen vor, die Solidaritätsaktionen für Gabriel zu intensivieren und fügen einen Vordruck für ein Fax bei, dass an die DGIP (Oberste Strafvollzugsbehörde) und die Haftanstalt Alicante II in Villena geschickt werden kann.
Gegen zusätzliche Strafen in Form von heimatferner Haft!
Für die Abschaffung des Staats und seiner Gewalt!
Freiheit für Gabriel Pombo da Silva!
 Modelo de FAX:
Gabriel Pombo de Silva, desde su traslado el pasado Enero a las   prisiones del estado español, ya ha pasado por tres prisiones diferentes, siendo la localización de todas ellas lejana a Galicia,  donde se encuentra su entorno familiar y afectivo. Gabriel ha pedido  formalmente su traslado a la prisión de A Lama en Pontevedra siendo, en cambio, trasladado nuevamente a Alicante II desde Madrid III.

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Según el artículo Artículo 12. de la LOGP, referente a la ubicación  de los establecimientos, se establece la intención de contar con un   número suficiente de establecimientos en cada área territorial para
satisfacer las necesidades enitenciarias y evitar el desarraigo  social de los penados y el 25.2 de la Constitución Española dice que  las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán
 orientadas hacia la reeducacin y reinserción social, en lo que  influye sustancialmente la individualización del tratamiento, siendo   fundamental para su éxito tener en cuenta el medio al que el preso  retornará, su historial familiar y social como se establece en el  artículo 63 de la LOGP. Si se le aleja todo lo posible de ese medio,  de su familia y su grupo social con medidas administrativas de  dispersión, se incurre en un trato que no respeta “la personalidad  humana del recluso y los derechos e intereses jurídicos del mismo no   afectados por la condena, sin establecerse diferencia alguna por   razón de raza, opiniones políticas, creencias religiosas, condición    social o cualesquiera otra circunstancias de análoga naturaleza”  como ordena el art.3 de la LOGP.
Por consiguiente, reclamamos y exigimos el traslado inmediato de   Gabriel Pombo da Silva a Galicia como es adjudicado en Derecho. De   lo contrario se estarían incumpliendo los imperativos     Constitucionales y la LOGP, además de sus derechos elementales como   persona presa.
FAXSecretario General de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste
 *91 335 40 52 *

 Fax Subdirección General de Tratamiento y Gestión
 Penitenciaria,Javier Nistal Burón

 *91 335 50 53 *
 FAX Centro Penitenciario ALICANTE II
 *96 582 34 21*